Después de una inundación o un incendio: primeros pasos para dueños en NYC y Long Island

Actualizado el 25 de octubre de 2026

En resumen

Asegure la propiedad, documente todo antes de botar nada, llame a su seguro y empiece a secar en uno o dos días. Si el cableado se mojó, un electricista con licencia lo debe revisar antes de volver a dar la luz.

Las primeras 24 horas

  • No entre si hay daño estructural, agua estancada cerca de los tomacorrientes u olor a gas
  • Mantenga apagada la luz en las áreas afectadas hasta que un electricista las revise
  • Tome fotos y video de cada cuarto y de cada cosa dañada antes de limpiar
  • Llame a su compañía de seguros y anote el número de reclamo
  • Evite que entre más agua: cubra el techo con una lona y tape las aberturas

Secado y demolición

El drywall, el aislamiento y la alfombra mojados normalmente hay que sacarlos rápido para evitar el moho. Las lecturas de humedad indican qué se puede quedar. Mientras más rápido se seque, más pequeña sale la reparación.

Cómo trabajar con el seguro

El ajustador decide qué cubre la póliza. Un alcance claro por escrito, fotos y estimados por partidas facilitan esa conversación. Los daños por inundación normalmente solo los cubre un seguro de inundación (flood insurance), no la póliza normal de la casa.

Reconstruya mejor

En sótanos y plantas bajas, el drywall resistente a la humedad, el piso de vinil y los tomacorrientes más altos cuestan poco más y reducen el daño la próxima vez.

Preguntas

¿Puedo volver a dar la luz yo mismo?

No si se mojaron los tomacorrientes, el panel o el cableado. Un electricista con licencia los debe revisar primero; en NYC algunas reparaciones también necesitan permiso e inspección.

¿Ustedes tratan con la compañía de seguros?

Documentamos los daños y le entregamos al ajustador el alcance y los estimados. No somos ajustadores públicos y no podemos negociar su reclamo.

Información general, no es asesoría legal ni de ingeniería. Las reglas cambian y cada edificio es diferente. Consulte con el Departamento de Edificios (DOB), su municipio o la administración de su edificio.